
26 Mar Mediación, la vía de solución en estos tiempos de incertidumbre
El impacto del coronavirus en las relaciones comerciales es evidente.
La declaración del estado de alarma ha supuesto la práctica paralización de cualquier actuación judicial civil en España. Y desafortunadamente, los efectos de la crisis del coronavirus sobre la administración de justicia y los justiciables persistirán más allá del tiempo en que la declaración de alarma esté en vigor. La administración de justicia no va a poder dar una respuesta rápida a los conflictos existentes y a los que ya están surgiendo.
Esta situación nos obliga a afrontar los desafíos legales de una manera diferente.
En estos duros momentos resultaría conveniente acudir a vías accesibles, eficaces, rápidas y económicas que nos ayuden a gestionar acuerdos. Y aquí surge, sin duda, la mediación. Además, la mediación se puede llevar a cabo enteramente -si así lo solicitan las partes- por medios electrónicos, por videoconferencia u otro medio análogo de transmisión de la voz o la imagen, siempre que quede garantizada la identidad de los intervinientes y el respeto a los principios de la mediación previstos legalmente (voluntariedad, confidencialidad, igualdad, neutralidad…).
La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos que permite a las partes retener en todo momento el control sobre su desarrollo y sobre el posible acuerdo. Son las partes las que alcanzan, por sí mismas, el acuerdo, que no viene impuesto por un tercero. En la mediación las partes comparecen y actúan por sí mismas, lo que facilita el imprescindible diálogo entre ellas. Las partes están llamadas a cooperar para el mutuo beneficio. La mediación está orientada a mantener y reforzar las relaciones comerciales existentes entre las partes.
Todo ello convierte a este método alternativo de resolución de conflictos comerciales en una herramienta idónea ante situaciones jurídicamente inciertas, como las presentes.
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